

Si bien, las personas físicas asalariadas normalmente no están obligadas a realizar la declaración anual, como todo, hay sus excepciones, y aquí te las contamos.
QUÉ PERSONAS FÍSICAS EMPLEADAS O ASALARIADAS ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL ANTE EL SAT.
Las personas físicas empleadas o asalariadas que están obligadas a presentar Declaración Anual son las siguientes:
- Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Por obtener ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.
- Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, profesionales, arrendamiento, actividades empresariales, asimilables a salarios, etc.), además de tus ingresos por salarios.
- Por percibir ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso organismos internacionales.
- Obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos. No obstante, este año, si obtuviste ingresos exclusivamente por salarios* de un solo patrón, siempre que te haya emitido comprobantes de nómina por la totalidad de los ingresos, NO estás obligado a declarar.
- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Ahora que sabes qué personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual, lo más seguro es que quieras saber qué gastos puedes deducir. Toda esa información la tienes aquí.