

Para poder deducir el pago de colegiaturas como un gasto personal en la declaración anual de personas físicas, la institución educativa debe contar con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (REVOE), y que sus comprobantes cumplan con los requisitos fiscales.
También puedes revisar ¿Qué puedo deducir en mi declaración anual?
El SAT puso a disposición de los contribuyentes una herramienta en su página de Internet para poder asegurarse de que la institución expide comprobantes con los requisitos correspondientes. Para esto, es necesario conocer el RFC o la Razón Social de la institución.
La herramienta se puede acceder en la siguiente dirección:
http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx
Adicional al requisito anterior, se tienen los siguientes:
- Que el comprobante contenga el nombre completo, CURP y nivel educativo del alumno
- Que se precise por separado el importe y concepto de los servicios que corresponden exclusivamente a la enseñanza del mismo.
- No son deducibles las erogaciones efectuadas por concepto de inscripciones, cuotas de mantenimiento, material educativo, transportación escolar, materias o cursos adicionales, uniformes y/o exámenes de cualquier índole.
- El pago debe efectuarse con cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
Recomendamos personas físicas obligadas a presentar la declaración anual.
Cabe recordar también que esta deducción está limitada a los siguientes montos dependiendo del grado escolar:
Nivel Educativo | Monto |
Preescolar | $14,200.00 |
Primaria | $12,900.00 |
Secundaria | $19,900.00 |
Profesional técnico | $17,100.00 |
Bachillerato o equivalente | $24,500.00 |